A partir de setiembre los monotributistas empleadores y los contribuyentes inscriptos en las categorías más altas, a partir de la categoria F, (monto mensual promedio de facturacion mayor a $8.000) del Régimen Simplificado, deberán presentar una declaración informativa cuatrimestral ante la AFIP que le permitirá al organismo mejorar el control y evitar el “enanismo fiscal”.
La información deberá ser remitida a través del sitio web http://www.afip.gob.ar/ mediante el uso de clave fiscal, hasta el último día hábil del mes siguiente al cierre de cada cuatrimestre calendario.
Dada la obligatoriedad de la declaración informativa,y siendo que no se presente la información requerida, la AFIP está facultada:
- para aplicar sanciones y
- rechazar las solicitudes de las constancias de situación impositiva y/o previsional de los contribuyentes .
Los monotributistas, deberán informar al fisco:
- El total de ventas del cuatrimestre con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso,
- Los montos de las compras efectuadas con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.
- Si son propietarios o inquilinos del local explotado, la CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.
- Cantidad de Kw. consumidos, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.
Cuando se trate de profesionales adheridos al régimen simplificado, la AFIP requerirá,
- CUIT del consejo o colegio profesional en el que se encuentre matriculado
- Fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.
En tanto, que si es transportista deberá informar si es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y además los datos del seguro y número de la póliza contratada.
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